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Productos prohibidos y de aceptación restringida

Esta política forma parte de los términos para comercios. Se aplica a todos los envíos de Mensajeros.cr.

1. No se transportan

  • Armas, municiones, explosivos, fuegos artificiales y sus partes.
  • Sustancias inflamables, corrosivas, tóxicas, radiactivas o de cualquier forma peligrosas, incluidos gases comprimidos y baterías de litio sueltas o dañadas.
  • Drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas de tenencia ilícita.
  • Dinero en efectivo, títulos valores, tarjetas activadas, metales y piedras preciosas y joyas (art. 1178 del Código Civil).
  • Animales vivos y restos humanos o animales.
  • Mercadería falsificada, robada o de comercio prohibido.
  • Correspondencia postal reservada por la Ley 7768.
  • Cualquier artículo cuyo transporte o tenencia prohíba la ley.
  • Paquetes de más de 30 kg o de más de 100 cm en cualquiera de sus lados.

2. Aceptación restringida

  • Mercadería con valor declarado superior a ₡250.000: solo con condiciones particulares firmadas.
  • Perecederos y productos frágiles: solo con acuerdo previo y embalaje adecuado; las pérdidas por su naturaleza no son imputables a C&F (art. 346 b) del Código de Comercio).
  • Medicamentos: solo los de venta libre, en su empaque original.

3. Si se detecta un producto prohibido

C&F puede rehusar el paquete o detener el envío y devolverlo al Comercio a su costo. Si el contenido es ilícito, C&F lo pondrá a disposición de las autoridades. El Comercio asume los comisos, multas y daños que se deriven (art. 333 b) del Código de Comercio).